Imagina la escena. Montaste tu LLC en Estados Unidos, el negocio va viento en popa y decides reinvertir cada dólar que entra. Ni un peso a tu bolsillo todavía.
Tú tan tranquilo, pensando que México no te toca porque no has repartido nada.
Y entonces, un martes cualquiera, tu contador te suelta la frase que te encoge el estómago: "eso lo tenías que haber declarado desde 2020".
Aguas, porque aquí es donde más de uno se lleva el susto de su vida. Vamos a desmontarlo con calma.
La LLC: tu escudo legal (y por qué la eligen los mexicanos)
La Limited Liability Company (LLC) es la estructura estrella para emprender en EE.UU. o buscar una visa de inversionista que te deje residir legalmente allá.
¿Por qué gusta tanto? Porque es un escudo. Protege tu patrimonio personal de las deudas y obligaciones del negocio.
Sus tres grandes bazas:
- Limita tu responsabilidad personal frente a las deudas de la empresa.
- Gobierno flexible: la manejas tú o nombras gerentes. Todo queda escrito en el operating agreement.
- Es una entidad "transparente" a efectos fiscales: la LLC no paga impuesto federal, las ganancias pasan a la declaración de los socios.
Ojo con esa palabra: transparente. Suena inocente. No lo es tanto, ya lo verás.
Existe una prima suya, la Small Corporation (S Corp), con efecto parecido. Pero solo la pueden montar ciudadanos o residentes legales de EE.UU., así que para ti, mexicano, queda fuera de la mesa.
El 37% que se retiene antes de que te des cuenta
Buenas noticias primero: no hay restricción de nacionalidad para abrir una LLC. Cualquiera puede.
Ahora la parte que duele. Existe la obligación de retener y enterar el 37% de las ganancias correspondientes a cada socio extranjero.
La propia LLC paga ese impuesto a la federación estadounidense como anticipo del impuesto anual del socio extranjero. Un adelanto forzoso, vamos.
Antes de meternos en el barro mexicano, si quieres entender cómo tributa un extranjero frente al fisco de EE.UU., te conviene repasar la fiscalidad de los extranjeros no residentes. Ahí está el mapa completo.
El año que todo cambió: bienvenido, artículo 4-B
Rebobinemos a los buenos tiempos. Antes de 2020, la jugada era preciosa.
Como socio mexicano, en México solo declarabas las ganancias de tu LLC cuando la entidad te las repartía como dividendos.
¿Y si no repartías nada? Pues no había efecto fiscal en México. Podías reinvertir cada dólar en el negocio sin que el SAT dijera ni pío.
Mientras la LLC no distribuyera utilidades, tú dormías tranquilo. Ese sueño se acabó en 2020.
Ese año llegó una reforma fiscal en México con el artículo 4-B de la Ley del ISR debajo del brazo.
¿Qué dice, en cristiano? Que cualquier ganancia generada por entidades transparentes en el extranjero —sí, tu LLC— debe declararse y pagar ISR en México. Aunque no hayas repartido ni un centavo.
Reinvertir ya no te salva. Ahora acumulas la utilidad se reparta o no. Menudo cambio de reglas a mitad del partido.
Las seis reglas que el SAT no te va a perdonar
Desde 2020, si eres socio mexicano de una LLC, tienes deberes. Y son concretos. Apúntalos:
- La utilidad se calcula según el Título II de la Ley del ISR (Personas Morales, Régimen General) y se acumula al 31 de diciembre del año en que se generó.
- Los impuestos pagados a través de la LLC se consideran pagados por ti, en proporción a tu ingreso acumulado.
- Si esos ingresos ya pagaron ISR en el extranjero, puedes acreditar ese impuesto en México según las reglas del ISR.
- Debes llevar un registro de las utilidades declaradas por cada LLC, para no acumular dos veces cuando llegue el reparto de dividendos.
- La contabilidad de la LLC y los soportes de gastos e inversiones deben estar disponibles para el fisco mexicano.
- Cada febrero presentas una declaración informativa sobre los ingresos de la entidad, conforme al artículo 178 de la Ley del ISR.
Traducción: no basta con declarar. Hay que documentar, registrar y avisar en fechas. Currártelo, vamos.
Donde México y EE.UU. no se ponen de acuerdo
Y aquí viene lo que nadie te cuenta en los cursos de internet: la utilidad de tu LLC hay que recalcularla con reglas mexicanas.
No sirve copiar y pegar tu declaración gringa. Las diferencias te pueden salir caras. Las más comunes:
- Momento de acumulación: en EE.UU. puedes tributar por flujo de efectivo (cuando cobras). En México, por ingresos devengados según el Título II.
- Deducción de inversiones: los porcentajes difieren. En EE.UU. hay activos que deduces al 100% de golpe; en México toca recalcular la depreciación con las bases mexicanas.
- Restaurantes: en EE.UU. deduces el 50% del consumo relacionado con el negocio. En México, un 91.5% no es deducible.
- Renta de autos: en México hay un tope de deducción de $200 pesos diarios.
Y estas son solo las evidentes. Cada negocio tiene sus propias sorpresas escondidas.
El impuesto que probablemente tengas que pagar igual
Buena noticia: lo que pagaste en EE.UU. por esta estructura puedes acreditarlo en México, según las reglas del caso.
Mala noticia: no cantes victoria todavía.
La tasa efectiva de ISR en Estados Unidos suele ser menor que la mexicana. Distintas tablas, distintos tipos de cambio.
¿El resultado? Que aun acreditando lo pagado allá, es muy probable que te quede un impuesto por pagar en tu declaración anual mexicana. Sí, la diferencia la pones tú.
¿Y si tu LLC deja de ser transparente?
Existe una jugada alternativa: cambiar el tratamiento fiscal de la LLC para que tribute como corporación.
¿Qué ganas? Adiós a la transparencia. Podrías reinvertir utilidades sin pagar por adelantado cada distribución de dividendos.
Pero cuidado, que no es magia. Este cambio abre otras cajas: ISR corporativo, ISR sobre dividendos en EE.UU. y en México, y más letra pequeña.
Antes de decidir dónde y cómo montas la estructura, echa un ojo a la comparativa de fiscalidad de LLC entre Delaware y Wyoming. El estado que eliges pesa, y mucho.
Antes de que te agarre febrero
Recapitulemos sin humo. Si eres mexicano con una LLC en EE.UU., desde 2020 el SAT quiere su parte aunque tú no repartas nada.
Declaras, documentas, registras y presentas la informativa en febrero. Y probablemente pagues algo de más por la diferencia de tasas.
Esto es información, no asesoría legal: tu caso concreto merece manos expertas. Puedes conocer al equipo que hay detrás de American Prana o, si ya tienes dudas ardiendo, abrir un ticket en nuestro centro de soporte.
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